El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad de Buenos Aires revocó una orden judicial que obligaba al Gobierno porteño a garantizar una propuesta de alojamiento continuo para una familia colombiana en situación de refugiados. La decisión, adoptada por mayoría, hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno de la Ciudad en la causa iniciada en 2020, la cual involucra a una mujer de 48 años, su pareja y su hijo, quienes llegaron a la Argentina bajo esa condición en 2016.
El máximo tribunal porteño consideró arbitrario el fallo previo de la Cámara de Apelaciones, el cual se basaba en el artículo 20 de la Ley local 4036, destinado a brindar albergue a mujeres víctimas de violencia. Según el TSJ, esta normativa contempla medidas temporales y de emergencia para frenar ciclos activos de agresión, condición que no se cumple en este caso. El tribunal destacó que los hechos de violencia de género invocados ocurrieron hace más de una década en el extranjero y fueron perpetrados por una expareja que ya ha fallecido, por lo que no subsiste un peligro inminente en la actualidad que justifique la aplicación de dicha figura.
Como consecuencia de este fallo, el expediente fue reenviado a la Cámara para que nuevos magistrados dicten una resolución ajustada a derecho, dejando por el momento la situación habitacional de la familia sin una respuesta judicial firme. El caso pone de manifiesto la tensión existente entre la aplicación de normas pensadas para emergencias locales y los reclamos de asistencia habitacional estable por parte de personas en condición de refugio, en un expediente que ya acumula años de tramitación sin una solución definitiva. |