El Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, que preside Ricardo Gil Lavedra, expresó su preocupación por la reglamentación del Decreto 809/24, que implementa el DNU 70/23 y excluye la intervención obligatoria de abogados en la conciliación del transporte aéreo.
La normativa estableció nuevas condiciones para los procesos de conciliación vinculados al transporte aéreo en Argentina, excluyendo la intervención obligatoria de abogados en esos procesos.
El decreto reglamentario 809/24, publicado el 10 de septiembre pasado con las firmas de Milei y sus ministros Luis Caputo y Diana Mondino, dispuso, entre otras cosas, la creación del Servicio de Conciliación para Pasajeros de Transporte Aéreo en la órbita de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía. El propósito, según su artículo 4, es establecer un “procedimiento ágil” para tramitar “los reclamos iniciados por los Pasajeros de Transporte Aéreo, con los alcances, las modalidades, la metodología y las formas que determine y reglamente la referida Secretaría de Transporte”.
Para finalizar, desde el Colegio dijeron: “Instamos a las autoridades a revisar esta reglamentación para preservar los derechos fundamentales, la equidad y la justicia”. |